El Observatorio de redes sociales tiene como objetivo contextualizar el rendimiento de diversas industrias y categorías a través de RRSS con el objetivo de diagnosticar el engagement y los niveles de involucración por parte de los usuarios. Este estudio se realiza mediante la herramienta de inteligencia artificial para Redes Sociales ICARUS Analytics® de Epsilon Technologies.

Para más información sobre los paneles IcarusAnalytics consultar en www.epsilontec.com

IAB

Observatorio sectorial

de Redes Sociales

Epsilon Technologies

Datos octubre 2018 Redes Sociales analizadas
Sectores analizados a través de redes sociales creando rankings por Interacciones, Viralidad, formatos y plataforma.
Sectores analizados

Share Interacciones

Marcas

Followers

Interacciones
1. Belleza e Higiene26,8%396.885.2252.644.561
2. Alimentación25,6%30538.003.5862.529.438
3. Restauración12,2%298.870.5841.205.726
4. Automoción8,1%3010.625.093800.557
5. Distribución6,9%2011.535.298683.643
6. Tecnológico6,5%114.276.076641.185
7. Bebidas alcohólicas6,3%8516.015.860626.733
8. Energético4,2%112.760.420415.494
9. Financiero y Seguros2,1%353.125.784209.464
10. Telecomunicaciones1,2%303.520.147114.294
TOTAL100,0%595105.618.0739.871.095

Viralidad

Posts

Eficiencia

Engagement
1. Alimentación333.69423.0401106,66%
2. Tecnológico87.0448.6117414,99%
3. Distribución82.6547.072975,93%
4. Energético62.4196.3906515,05%
5. Bebidas alcohólicas61.2986.0361043,91%
6. Belleza e Higiene55.5563.04486938,41%
7. Automoción38.5883.4872307,53%
8. Financiero y Seguros38.4984.976426,70%
9. Restauración36.8794.15429013,59%
10. Telecomunicaciones9.69914.29683,25%
TOTAL806.32981.1061229,35%

Cuota de interacciones por plataforma

Plataforma

Cuota de Interacciones
Instagram58,9%
Facebook35,6%
Twitter5,5%

Cuota de interacciones por formato de post

Formato de post

Cuota de Interacciones
Photo72,0%
Video14,6%
Carousel_album3,8%
Link2,1%
Album1,7%
Status0,3%

Principales categorías de contenido

Principales categorías

Cuota de Interacciones
Sorteos21,0%
Recetas6,9%
Tips/consejos2,2%
Ofertas1,5%
Deporte1,4%
Sostenibilidad0,6%
Otros66,4%

METODOLOGÍA CÁLCULO KPI’S:
Perfiles analizados: Instagram, Facebook, Twitter, Youtube, LinkedIn.

1) Cálculo de interacciones: Instagram: (likes + comments + saves) Facebook: (likes + comments + shares) Twitter: (favs + menciones + Rt’s) Youtube: (likes + dislikes + comments) LinkedIn: (comments + likes)

2) *Cálculo de eficiencia: promedio de Interacciones/ Posts

3) Cálculo de viralidad: Instagram: (saves + hashtags) Facebook: (shares) Twitter: (Rt’s)

4) Cálculo de engagement: (interacciones / followers)*100

Fuente de datos: ICARUS ANALYTICS

El jueves 22 de noviembre se aprobó, por el Pleno del Senado, la Ley Orgánica de Protección de Datos y Garantía de Derechos Digitales (LOPDGDD), que transpone el RGPD, e introduce nuevos derechos. Se recogen a continuación las principales novedades:

  • Consentimiento y finalidades. Cuando se pretenda fundar el tratamiento de los datos en el consentimiento del afectado para una pluralidad de finalidades “será preciso que conste de manera específica e inequívoca que dicho consentimiento se otorga para todas ellas”. Además no podrá supeditarse la ejecución del contrato a que el afectado consienta el tratamiento de los datos personales para finalidades que no guarden relación con el mantenimiento, desarrollo o control de la relación contractual. Refrenda lo recogido en el RGPD respecto al consentimiento.
  • Permite la recopilación de datos personales de las opiniones políticas por parte de los partidos políticos en el marco de sus actividades electorales, amparándolo en el interés público cuando se ofrezcan garantías adecuadas. El artículo 58 bis además permitirá a los partidos políticos dirigirse a los ciudadanos, estableciendo  que “los partidos políticos, coaliciones y agrupaciones electorales podrán utilizar datos personales obtenidos en páginas web y otras fuentes de acceso público para la realización de actividades políticas durante el periodo electoral”
  • Derechos digitales. El Título X, recoge una serie de derechos que van más allá de la protección de datos personales. Por ejemplo, se regula el acceso a internet como un derecho universal. También recoge el Testamento Digital estableciendo que “Las personas vinculadas al fallecido por razones familiares o de hecho así como sus herederos podrán dirigirse al responsable o encargado del tratamiento al objeto de solicitar el acceso a los datos personales de aquella y, en su caso, su rectificación o supresión”. Se prohíbe el acceso, rectificación o supresión cuando la persona fallecida lo hubiese prohibido expresamente (es decir, como excepción).
  • Ampliación del Derecho al olvido recogido por el RGPD. La LOPDGDD especifica las obligaciones de las redes sociales y los buscadores de forma particularizada, superando de esta forma el enfoque del RGPD.
  • Derecho de rectificación. Cuando los medios de comunicación digitales reciban una solicitud de rectificación deberán publicar en sus archivos digitales un aviso aclaratorio que ponga de manifiesto que la noticia original no refleja la situación actual del individuo. Dicho aviso deberá aparecer en lugar visible junto con la información original. De esta forma la LOPDGDD amplía estos supuestos recogidos en la Ley 2/1984.

Puedes consultar el texto  aquí

En la actualidad, más de un millón de empresas de la Unión Europea comercian por medio de plataformas en línea para contactar con la clientela, y se estima que alrededor del 60% del consumo privado y el 30% del consumo publico de bienes y servicios relacionados con la economía digital total se gestionan a través de intermediarios en línea.

En base a estos datos, la Comisión Europea ha venido trabajando en el Reglamento 2018/0112 (COD) relativo al fomento de la equidad y la transparencia para las empresas que utilizan servicios de intermediación en línea.

La finalidad del mismo es, por un lado, establecer a escala europea un entorno comercial en línea equitativo, predecible, sostenible y fiable dentro del mercado interior. Por otro, propiciar la transparencia adecuada en cuanto a la clasificación de los usuarios de sitios web corporativos en los resultados de búsqueda generados por los motores de búsqueda en línea.

Entre las principales obligaciones que se impone a los servicios de intermediación en línea, a la espera del texto definitivo, se encuentran las siguientes;

  • Relativo a las condiciones, se establece que sean redactadas de forma clara e inequívoca y que se encuentren fácilmente disponibles.
  • Relativo a la suspensión y terminación de los servicios, se establece que las razones deben ser objetivas y siempre motivadas.
  • Relativo a la clasificación realizada en cuanto a los bienes y servicios ofrecidos, deberán señalar los parámetros que rigen la clasificación y aquellos motivos que cuentan con una importancia superior a otros -incluyendo aspectos remuneratorios y tratamiento diferenciado, si lo hubiera-.
  • Relativo a los datos personales, se deberá incorporar una breve descripción sobre el acceso técnico y contractual que proporcionen las empresas o bien se generen durante la prestación del servicio.
  • Relativo al sistema de reclamaciones y mediación se establece que los proveedores deberán tener un sistema interno para tramitar las reclamaciones de las empresas y además deberá ser de fácil acceso para las empresas.

En cuanto a lo que afecta a la industria publicitaria digital, en un principio, el texto original parecía excluir los servicios de publicidad en línea, siempre y cuando el servicio ofrecido no incorporase una relación contractual con los consumidores –considerando 9-.

Sin embargo, tras el último informe presentado por la Comisión IMCO del Parlamento Europeo, el Consejo ha abierto la posibilidad de interpretar que las plataformas de publicidad digital estén también sujetas a las obligaciones previstas en el texto, situación que ha desencadenado en una gran preocupación entre los actores del ecosistema publicitarios.

Como en tantas otras ocasiones, IAB Europe -en el que participan todos los IAB nacionales ha enviado un posicionamiento para evitar este cambio de interpretación y mantener el criterio que las plataformas de publicidad en línea queden fuera del alcance del Reglamento.

Si quieres más información y/o hacernos llegar algún comentario puedes enviar un mail a [email protected]

 

 

Tras la publicación del Anteproyecto de Ley sobre determinados servicios digitales, IAB Spain ha enviado una propuesta de enmiendas elaborada con el objetivo de defender que la creación de nuevas normas fiscales para la economía digital debe basarse en acuerdos internacionales amplios, sea a nivel global o regional, y no en decisiones nacionales unilaterales.

 

Desde IAB Spain se considera que la norma planteada no resultará eficaz para resolver las carencias de las que adolecen los sistemas impositivos actuales en relación a Internet y, por el contrario, y dada su naturaleza de tributo indirecto y a sus peculiaridades aplicativas, es susceptible de dañar la competividad de las empresas españolas y generar situaciones no deseadas de imposición en cascada y doble imposición.

 

Por todo ello, hemos manifestado nuestra completa disconformidad con el anteproyecto planteado, reiterando nuestra voluntad de trabajar proactivamente con el regulador en esta y otras cuestiones que afecten a la industria digital.

 

Si quieres más información puedes escribir a [email protected]

Hoy hemos celebrado el evento “Publishers Connect” en colaboración con nuestro asociado Oath Spain, en el que abordaron un estudio que revela que los editores españoles consideran que los formatos nativos, de vídeo y mobile crecerán un 20% en los próximos 12 meses. Más del 60% considera que estos formatos son fundamentales para el éxito de su negocio.

Esta investigación, realizada por Oath e IAB Europe, ha abarcado a 30 mercados, entre los que se encuentra España, con el objetivo de averiguar las grandes oportunidades y retos a los que se enfrenta la industria de los editores en programática, publicidad y tecnología.

Este estudio también revela que los editores buscan a partners para simplificar sus ofertas. También que desarrollen nuevas soluciones publicitarias enfocadas a experiencias multiusuario a través de audio y tecnologías en streaming.

Anteriores estudios realizados por IAB Europe dejaron ver que los anunciantes gastaron 12.000 millones de euros en programática el pasado año en toda Europa. De esta cantidad, un tercio estaba destinado a vídeo y un 57% en mobile (incluyendo formatos nativos), por lo que no sorprende que tanto vídeo como mobile y formatos nativos se encuentre en el top of mind de los publishers españoles.

La ventaja competitiva de la programática

  • La compra programática es uno de los aspectos cruciales para los publishers españoles. El 60% considera que ofrece una gran ventaja competitiva, aunque todavía hay un importante 23% que se muestra reacio a ella.
  • La programática in-house sigue en cabeza según este estudio, que revela que el 49% de los publishers españoles siguen gestionando internamente sus operaciones de compra programática.

 

Dándole valor a cada impresión

  • El 67% de los publishers españoles identifican “darle valor a cada impresión” como su reto principal.
  • En segunda posición señalan “conectar su inventario a todas fuentes demandadas” y “Gestionar RGPD”, en tercera (46%).
  • Además, los publishers necesitan que sus partners simplifiquen las ventas programáticas y asegurarse de que colocan anuncios premium en su inventario.
  • Así, los publishers pueden vender su inventario a un precio razonable sin comprometer la calidad de los anuncios.

 

Obstáculos para el crecimiento de la audiencia y para la optimización del inventario

  • Optimizar la monetización y los anuncios de alta calidad siguen siendo clave para optimizar el crecimiento de la audiencia para los publishers españoles en los medios ganados.
  • A nivel europeo, el 72% de las soluciones de distribución de contenido de los publishers sigue siendo on-platform, mientras que el 55% es off-platform, usando a partners como Oath, Twitter, Google o Facebook; una tendencia que continuará en el próximo año.
  • El precio es el mayor reto de todos los países analizados, sin embargo, el control se posiciona en primer lugar cuando se trata de off-platform (53%).
  • Se van a destinar más recursos para impulsar el crecimiento de la audiencia en los próximos 12 meses, con el 21% de los encuestados afirmando que lo mejor sería enfocarse en los medios ganados en vez de en los medios pagados.
  • Uno de los grandes retos tiene que ver con la adquisición de audiencia: el 46% de los publishers europeos señala los ingresos como su mayor preocupación a la hora de impulsar el crecimiento de la audiencia. Entre sus principales preocupaciones en este sentido figuran: la falta de control sobre los sitios en el que se muestra el contenido, la calidad del inventario y la tecnología de reproducción de vídeo.
  • La escalabilidad y los formatos relevantes son los grandes problemas cuando se trata de maximizar el valor del inventario de los editores.

 

 

Metodología

Oath ha realizado un estudio cuantitativo en colaboración con IAB Europe en el que han estado implicados más de 30 mercados con el objetivo de desarrollar una guía sobre cómo evolucionan las estrategias en programática. El estudio se realizó entre agosto y septiembre de 2018.

El Observatorio de redes sociales tiene como objetivo contextualizar el rendimiento de diversas industrias y categorías a través de RRSS con el objetivo de diagnosticar el engagement y los niveles de involucración por parte de los usuarios. Este estudio se realiza mediante la herramienta de inteligencia artificial para Redes Sociales ICARUS Analytics® de Epsilon Technologies.

Para más información sobre los paneles IcarusAnalytics consultar en www.epsilontec.com

IAB

Observatorio sectorial

de Redes Sociales

Epsilon Technologies

Datos septiembre 2018 Redes Sociales analizadas
Sectores analizados a través de redes sociales creando rankings por Interacciones, Viralidad, formatos y plataforma.
Sectores analizados

Share Interacciones

Marcas

Followers

Interacciones
1. Belleza e Higiene39,5%396.871.4033.875.843
2. Alimentación20,9%30537.873.2352.054.295
3. Restauración9,6%298.818.170943.173
4. Automoción7,3%3010.625.093711.933
5. Distribución6,2%2011.510.354611.826
6. Bebidas Alcohólicas5,8%8516.005.457565.167
7. Energético4,5%112.732.634442.116
8. Tecnológico3,9%114.276.076379.113
9. Financiero y Seguros1,5%352.829.130146.056
10. Telecomunicaciones0,8%303.460.57480.625
TOTAL100,0%595105.002.1269.810.147

Viralidad

Posts

Eficiencia

Engagement
1. Alimentación283.97720.3711015,42%
2. Energético90.1575.5687916,18%
3. Distribución69.2367.775795,32%
4. Bebidas Alcohólicas48.9674.8931163,53%
5. Tecnológico47.9387.784498,87%
6. Belleza e Higiene42.6172.7201.42556,41%
7. Automoción37.9413.1242286,70%
8. Restauración28.2063.63925910,70%
9. Financiero y Seguros24.9384.304345,16%
10. Telecomunicaciones11.23515.72152,33%
TOTAL685.21275.8991299,34%

Cuota de interacciones por plataforma

Plataforma

Cuota de Interacciones
Facebook45,9%
Instagram43,6%
Twitter10,5%

Cuota de interacciones por formato de post

Formato de post

Cuota de Interacciones
Photo68,5%
Video19,3%
Album5,3%
Carousel_album3,3%
Link3,3%
Status0,3%

Principales categorías de contenido

Principales categorías

Cuota de Interacciones
Sorteos11,3%
Recetas8,9%
Deporte3,0%
Ofertas1,8%
Sostenibilidad1,1%
Tips/consejos0,4%
Otros73,5%

METODOLOGÍA CÁLCULO KPI’S:
Perfiles analizados: Instagram, Facebook, Twitter, Youtube, LinkedIn.

1) Cálculo de interacciones: Instagram: (likes + comments + saves) Facebook: (likes + comments + shares) Twitter: (favs + menciones + Rt’s) Youtube: (likes + dislikes + comments) LinkedIn: (comments + likes)

2) *Cálculo de eficiencia: promedio de Interacciones/ Posts

3) Cálculo de viralidad: Instagram: (saves + hashtags) Facebook: (shares) Twitter: (Rt’s)

4) Cálculo de engagement: (interacciones / followers)*100

Fuente de datos: ICARUS ANALYTICS

La Comisión de Seguimiento del Concurso para la Medición Digital en España, formada por el Interactive Advertising Bureau (IAB Spain), la Asociación para la Investigación de Medios de Comunicación (AIMC) y la Asociación Española de Anunciantes (aea), informa que, conforme a la nota de prensa del pasado 11 de abril, se abrió un periodo de negociación con comScore, la compañía mejor valorada en el Concurso, para dar respuesta a una serie de exigencias propuestas por la Mesa de Contratación.

 

Después de varios meses de negociación, la Comisión de Seguimiento considera que, aun habiéndose realizado un esfuerzo positivo por parte del medidor mejor valorado, no se ha alcanzado el nivel de compromisos requeridos por parte de la Mesa de Contratación. Por tanto, no queda asegurado el cumplimiento óptimo de las exigencias más relevantes que este grupo técnico ha definido.

 

Como consecuencia, la Comisión de Seguimiento ha resuelto comenzar a trabajar en propuestas alternativas, tanto desde el punto de vista técnico como económico, que garanticen la existencia de una medición digital en España y que cumpla con las necesidades que requiere el medio online.

 

De acuerdo con lo anterior, y con el fin de que haya continuidad en la medición digital en España, la Comisión de Seguimiento procederá a proponer a comScore un acuerdo temporal, que se prolongará por tiempo máximo no superior a dos años, hasta que esta propuesta alternativa tenga forma y cumpla con las necesidades especificadas en su momento.

 

Tras su aprobación en el Congreso, la LOPD & DG está en su trámite en el Senado. La Ley añade, a través del Título X, relativo a la Garantía de los Derechos Digitales, modificaciones respecto al RGPD a artículos como el derecho al olvido o la portabilidad. Está abierto el plazo para presentación de enmiendas o de veto hasta el lunes, 5 de noviembre. Puede consultarse el texto completo.

Os recordamos que el Consejo de Ministros aprobó el viernes 19 de octubre el Anteproyecto de Ley sobre el impuesto, que incluía un impuesto sobre servicios digitales. Esta Ley se aplicaría a los servicios de publicidad en línea, los de intermediación en línea y los de transmisión de datos y en concreto a aquellas empresas cuyo importe neto de ingresos supere los 750 millones de euros y cuyo importe total de ingresos derivados de prestaciones de servicios digitales sujetas al impuesto, supere los 3 millones de euros. El tipo impositivo se fija en un 3% de los servicios de publicidad y de intermediación en línea y la venta de datos generados a partir de información proporcionada por el usuario. Sin perjuicio de un análisis más detallado, IAB Spain prevé importantes consecuencias para la competitividad en España respecto al conjunto de la Unión Europea, no debiendo abordarse esta iniciativa a nivel nacional, sino internacional. La fecha límite para remitir alegaciones finaliza el 15 de noviembre. Aquí os dejamos los documentos a los que hacemos referencia: