IAB Spain Policy Brief: junio

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20.000 webs reciben una comunicación del Ministerio de Energía, Turismo y Agenda Digital

Un importante número de páginas web han recibido una comunicación del Ministerio de Energía, Turismo y Agenda Digital alertando a sus titulares de que en la web se incumple la legislación española de Internet (la Ley 34/2002, de 11 de julio, de Servicios de la Sociedad de la Información y Comercio Electrónico o LSSI), sin especificar el tipo o grado de incumplimiento. Anta la alarma creada, varios medios de comunicación se pusieron en contacto con el Ministerio, quien aclaró que únicamente se trataba de un recordatorio a los titulares de las páginas webs, con el fin de animarles a comprobar si sus webs cumplen o no con la normativa. Es importante destacar que, salvo que se indique lo contrario, la comunicación remitida por el Ministerio no supone el inicio de un expediente administrativo y no tiene ninguna consecuencia legal.

Publicidad en redes sociales

El pasado 21 de junio, la comisaria Věra Jourová aprovechaba la contestación a una pregunta parlamentaria para anunciar la actualización de la Guía de la Comisión Europea para la Implementación / Aplicación de la Directiva 2005/29/CE, relativa a las Prácticas Comerciales Desleales. El nuevo documento (accesible a través de este enlace: http://ec.europa.eu/justice/consumer-marketing/files/ucp_guidance_es.pdf, pág. 157) incluye un apartado dedicado a la publicidad en redes sociales en el que se afirma que, cuando un mensaje publicitario no se identifique claramente como tal, puede ser considerado ilícito, pues se mezcla indisociablemente con contenidos privados generados por los usuarios. También aborda situaciones como los comerciantes que publican opiniones falsas de productos o servicios, haciéndose pasar por consumidores; o como las marcas que se dirigen directamente a menores para comercializar sus productos.

Sanción a una empresa de telecomunicaciones por publicidad engañosa

Un organismo de consumo autonómico ha sancionado con 100.000 euros a una empresa de telecomunicaciones que opera en España por ofrecer un paquete de servicios indicando que el precio ofrecido era el que el cliente iba a pagar durante todo el contrato. Dado que la compañía decidió, hace ya más de dos años, incrementar sus tarifas, el organismo de consumo ha entendido que la oferta publicada en su momento era engañosa y, en consecuencia, ha decidido sancionarla. La utilización de determinados claims debe realizarse con extremo cuidado, teniendo en cuenta que determinados factores, como puede ser el precio, pueden variar a lo largo del tiempo. De lo contrario, podemos encontrarnos infringiendo la normativa sobre consumidores y publicidad.